
La Paz, 23 de julio.- El alcalde de La Paz, Juan Del Granado, manifestó este miércoles que "la decisión asumida de la única magistrada del Tribunal Constitucional, Silva Salame, es una opinión personal que no obstaculizará el referendo revocatorio del 10 de agosto".
"Una opinión de una Magistrada del Tribunal Constitucional es igual que de un juez de la República, alcalde o de cualquier ciudadano, eso no puede obstaculizar, ni interrumpir un proceso democrático como el que estableció la Ley del Referendo", apuntó.
"Me es imposible entender el razonamiento de la magistrada Silvia Salame, sobre el decreto o la decisión que asumió", dijo al dar una opinión de carácter técnico jurídico del artículo 119 de la Carta Magna que señala:
"El Tribunal Constitucional es independiente y está sometido sólo a la Constitución. Tiene su sede en la ciudad de Sucre. Está integrado por cinco magistrados que conforman una sola sala y son designados por el Congreso Nacional por dos tercios de votos de los miembros presentes".
También se refirió al artículo 8 de la Ley No. 1836 que señala: "El Tribunal Constitucional está integrado por cinco magistrados titulares que conforman una sola Sala y cinco magistrados suplentes".
El artículo 47 de esta ley, agregó el Alcalde, señala que "salvo que en esta Ley se establezcan otros requisitos, las decisiones del Tribunal Constitucional se adoptarán por la mayoría de sus miembros".
Con esta explicación, acotó que "no puede ser sino una decisión estrictamente personal, pero desde el punto de vista jurídico no existe en la realidad la figura del decreto".
Además con los artículos 119 de la Constitución Política del Estado, el 8 y 47 de Ley 1836 establecen sin lugar a la menor duda que el Tribunal Constitucional es un juez colegiado que solamente funciona cuando se reúnen, deliberan y deciden por lo menos la mitad más uno de sus miembros.
Fuente: ABI